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El derecho al aborto y los roles de género

Tomado de: Memorias feministas

Por Nahomi Galindo-Malavé

Existen muchas y diversas razones para defender el derecho al aborto. Algunas personas defienden el derecho al aborto como asunto de salud pública, pues cuando está criminalizado, el aborto no deja de existir; por el contrario, a menudo ocurre con mayor frecuencia y se realiza bajo condiciones precarias, poniendo en riesgo la salud de las mujeres. Otras defienden el derecho al aborto como un asunto de derechos humanos, que abarca derechos tan diversos como el derecho a la integridad física, la libertad de decidir y el propio derecho a la vida, pues miles de mujeres la pierden anualmente al procurar abortos ilegales bajo condiciones precarias.

Todos los argumentos para defender el derecho al aborto son importantes, e incluso pueden articularse entre sí. No obstante, en el Aniversario #37 de Roe v. Wade, me parece que es apremiante para quienes defendemos este derecho entender, ¿Porqué es problema para los fundamentalistas, entre otros, que una mujer termine su embarazo? ¿Porqué se proyecta como monstruos a las mujeres que deciden terminar sus embarazos? Son múltiples los factores, pero el principal resulta ser los roles sociales construidos históricamente y culturalmente para las mujeres, y la inequidad en el poder sobre el cuerpo que se le ha asignado a cada género. Se trata, pues, de una relación de poder sobre el cuerpo de las mujeres, la cual se ha desplegado a través de la historia. Cuando una mujer decide abortar, o defiende el derecho aborto, los roles de género son transgredidos.

A pesar de las limitaciones que ocasionalmente tiene el marco teórico de Michel Foucault – pues sus análisis no incluyen perspectiva ni de clase ni de género – este provee una herramienta útil para analizar la transgresión, que se puede extender a la transgresión de los roles de género. Según Foucault, la transgresión “es un gesto que concierne al límite; es allí, en la delgadez de la línea, donde se manifiesta el relámpago de su paso, pero quizás también su trayectoria total, su origen mismo. La raya que ella cruza podría ser efectivamente todo su espacio. El juego de los límites y de la transgresión parece estar regido por una sencilla obstinación: la transgresión salta y no deja de volver a empezar otra vez a saltar por encima de una línea que de inmediato, tras ella, se cierra en una ola de escasa memoria, retrocediendo así de nuevo hasta el horizonte de lo infranqueable. Pero este juego pone en juego muchos otros elementos más; los sitúa dentro de una incertidumbre, dentro de certidumbres de inmediato invertidas, donde el pensamiento se tranca rápidamente por querer captarlos”. Además, según Foucault, la transgresión no es al límite como el negro es al blanco, lo prohibido a lo permitido, lo exterior a lo interior, lo excluido al espacio protegido del resguardo. Para entender la transgresión hay que desprenderla de sus sospechosos parentescos con la ética. Liberarla de lo que está animado por la potencia de lo negativo. [1]

Resulta interesante que cuando la relación de poder sobre los cuerpos de las mujeres no es muy exitosa, o existe la posibilidad de no lograrse ese éxito, el cuerpo de las mujeres ha sido negociado, por los hombres en poder. Un ejemplo de ello resulta ser Nicaragua. Este país pasó por el proceso de la Revolución Sandinista (1979-1990), en el cual muchas mujeres participaron. Durante ese proceso, se logró descriminalizar el aborto. Sin embargo, el actual Presidente Daniel Ortega, quien había sido dirigente revolucionario, usó el cuerpo de la mujeres como ficha de negociación para regresar al poder. Transó con sectores fundamentalistas, particularmente de la Iglesia Católica, y tras resultar electo en el 2006, volvió a criminalizar el aborto en Nicaragua. Actualmente algunas mujeres en Nicaragua transgreden la ley. Ante esto, las nicaragüenses son perseguidas y castigadas por tomar la decisión de terminar su embarazo.

En Puerto Rico el aborto fue criminalizado hasta 1973. A pesar de ello, muchas mujeres transgredían la ley en Puerto Rico, recurriendo a esta práctica porque no existían otros métodos eficaces y accesibles para limitar el número de nacimientos.[2]  El Código Penal de 1902, aunque no eliminó el aborto como delito, permitió excepciones a la prohibición total que había existido hasta entonces. [3]  En el 1937 se revisó el Código Penal; sin embargo, no se alteró ninguna disposición sobre el aborto.[4]  Hubo dos formas a través de las cuales se respondía a la demanda para obtener abortos. Una de ellas eran las clínicas privadas, las cuales resultaban innaccesibles para la mayoría de las puertorriqueñas. La otra, que era más frecuente entre mujeres pobres y de menos recursos,[5]  era a través de comadronas y enfermeras. En la década de 1930, la quinina – que se usaba para tratar la malaria y la proveían los programas de salud pública – también era usada como abortivo.

De hecho, ante las grandes limitaciones de acceso a las clínicas privadas, las mujeres se sometían a abortos clandestinos de todo tipo, a pesar de los riesgos y complicaciones por las pésimas condiciones de salubridad. [6] Este problema llegó a ser relatado por los médicos de hospitales públicos que atendieron mujeres desagrándose y con fiebres altas, a causa de abortos realizados en condiciones precarias sin el equipo ni las destrazas necesarias para enfrentarse a posibles complicaciones y emergencias. [7]  A pesar de que la mortalidad materna en general había descendido, la mortalidad por hemorragias aumentó entre las décadas de 1920 y 1940. Entre las décadas de 1940 y 1960 se establecieron los programas del control de natalidad y se propició la no intervención estatal con relación al aborto. [8]  Sin embargo, aunque a un nivel menor que en décadas anteriores, no dejó de criminalizarse el aborto hasta 1973, cuando se emitió la determinación del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Roe v. Wade. [9]

A pesar del avance que significó esa decisión, cabe destacar que las mujeres que ejercen el derecho al aborto continúan siendo trangresoras, no ya de la ley, sino del rol de madre impuesto por la sociedad a todas las mujeres. Todavía muchas mujeres piensan que el aborto no es legal en Puerto Rico. El gobierno a través de los años no ha asumido la responsabilidad de que educar sobre sexualidad responsable, prevención de enfermedades venéreas ni prevención de embarazos. Peor aún, lo que predominó en los últimos años fue la campaña peligrosa y mediocre de la abstención. Dicha campaña diseminaba desinformación y no ayudó a prevenir embarazos no deseados, ni en Estados Unidos, ni en Puerto Rico. El resultado de toda esta trayectoria es que hoy en día, a pesar de que el aborto es legal, en una sociedad machista y con el resurgir fundamentalista, realizarse un aborto no es algo fácil. Ser activista en defensa del derecho al aborto tampoco.

La experiencia de la maternidad varía de mujer en mujer. Defender el derecho al aborto no significa obligar a las mujeres a realizárselo; por el contrario, implica que las mujeres que lo necesiten tengan la libertad de elegir sin ser perseguidas ni exponerse a morir en el proceso. Por eso es importante recordar un lema feminista que dice: “Imagina que te prohibieran parir. Ahora imagina que te obligaran”. En esta frase invita a reflexionar sobre cuán macabro es ejercer el poder sobre el cuerpo de la mujer sin incluirla en la decisión.

El poder de decidir sobre el cuerpo y sobre la salud es un derecho que deben tener todas las mujeres, incluyendo el derecho al aborto. Cuando se habla públicamente del derecho al aborto se pide que aquella mujer que lo necesite tenga acceso gratuito, seguro y salubre a él, y que no se le criminalice por ejercerlo. De la mano con el derecho al aborto, reclamamos una educación sexual responsable que incluya formas de prevención de embarazos que no se limiten a la desastrosa campaña por la abstinencia.

Si aspiramos a una transformación social, sin duda alguna debe incluir la transformación política y económica. No obstante, como demuestra el ejemplo de Nicaragua, todo avance de las mujeres será negociable si no transformamos el problema desde su raíz. Si aspiramos a una verdadera transformación social que sea radical, esta debe incluir transformar las relaciones de género de nuestra cultura. Parafreasando a Emma Goldman, si tu “revolución” no incluye el poder de decidir sobre mi propio cuerpo, no me interesa.

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Referencias:

[1] Michel Foucault, Prefacio a la transgresión, en De lenguaje y literatura, Paidós Barcelona, 1996.

[2] Alice Colón, Ana Luisa Dávila, María Dolores Fernós & Esther Vicente, Políticas, visiones y voces en torno al aborto en Puerto Rico, Centro de Investigaciones Sociales, Universidad de Puerto Rico, 1999, p. 76.

[3] Ibid.

[4] Alice Colón, Ana Luisa Dávila, María Dolores Fernós & Esther Vicente, 1999, p. 78. Ver también: Ana Irma Rivera Lassen & Elizabeth Crespo Kebler, Documentos del feminismo en Puerto Rico: Facsimiles de la historia, Volumen 1, 1970-1979, Editorial de la Universidad de Puerto Rico, 2001, p. 231.

[5] Ibid

[6] Ibid

[7] Ibid

[8] Alice Colón, Ana Luisa Dávila, María Dolores Fernós & Esther Vicente, 1999, p. 79.

[9] Ibid.

[10] Alice Colón, Ana Luisa Dávila, María Dolores Fernós & Esther Vicente, 1999, p. 84.


Dimensiones éticas del debate sobre la legalidad del aborto: una reflexión materialista

José A. Laguarta Ramírez

El autor es educador y activista social puertorriqueño.

El debate público sobre el aborto en los Estados Unidos y en Puerto Rico ha estado dominado, al menos desde la decisión histórica del Tribunal Supremo de los EE.UU. en Roe v. Wade (1973), por el discurso liberal de los derechos individuales. En esa decisión, el Tribunal determinó que las legislaturas estatales no podían impedir la decisión de una mujer de terminar su embarazo, hasta que el feto adviniera “viable” (capaz de sobrevivir desprendido del vientre materno). En ese momento, según el Tribunal, el interés estatal en proteger una vida potencial adquiría mayor peso que el derecho constitucional de la madre a la intimidad.

De esta manera, un Tribunal compuesto mayoritariamente por hombres, encajonaba el conflicto social entre las mujeres que reclamaban acceso al aborto legal y seguro y los sectores que defendían su criminalización, dentro de un “balance” entre dos derechos: el de la mujer a decidir y el del feto a la vida (como se manifiesta en los respectivos nombres que se ha auto-atribuido cada lado del debate: “pro-choice” y “pro-life”.

Al no definir claramente el momento de la viabilidad del feto en ese momento inicial, el Tribunal dejó la puerta abierta para luego ir restringiendo el derecho a decidir de las mujeres, ante el avance político del movimiento fundamentalista cristiano en los EE.UU.

Gracias en parte a la ideología sancionada de esta forma por el Tribunal, el discurso bio-tecnológico ha sido apropiado abrumadoramente, en el debate subsiguiente sobre la legalidad del aborto, por el sector anti-aborto. De hecho, el auge de este movimiento se debe en gran parte al desarrollo bio-tecnológico moderno. Hasta el siglo diecinueve, el consenso general científico, jurídico y religioso, era que la “vida” comenzaba en el nacimiento (incluso así define aún nuestro actual Código Civil a la “persona”). No en balde no es hasta mediados de ese siglo que el aborto comenzó a ser criminalizado en los estados de los EE.UU. Anteriormente, si bien la práctica no era favorecida, era más bien por razones abiertamente patriarcales y moralistas que buscaban controlar el comportamiento sexual de la mujer. Entrado el siglo veinte, la debilitación de esas justificaciones coincidió con el auge de los discursos y tecnologías que permiten describir el feto como “vida”, y por ende el aborto como “asesinato”.

De esta forma, no sólo se ha reducido cada vez más la ventana del aborto legal según los avances la tecnología pre-natal permiten expandir el periodo de “viabilidad”, sino que las imágenes intra-uterinas de fetos y embriones con “ojitos”, “manitas” y “corazoncitos” son utilizadas en espacios mediáticos para manipular emocionalmente la opinión pública.

Ello por supuesto, pudiera parecer irónico, debido a las fuertes tendencias anti-científicas del fundamentalismo político cristiano que predomina ampliamente en ese sector. Esta aparente paradoja hace resaltar dos señalamientos necesarios.

El primero es que ese sector ha dejado demostrada su gran destreza para manejar discursos pseudo-científico (véase, por ejemplo, el éxito con el que han logrado fabricar un falso debate en torno a los currículos de las escuelas públicas, exigiendo tiempo igual para una supuesta ciencia creacionista que llaman “diseño inteligente”, contra la demostradísima teoría evolutiva de la selección natural). El segundo es que los discursos bio-científicos no necesariamente están tan lejos del fundamentalismo religioso como pudiera aparentar a simple vista. Como ha señalado Slavoj Žižek, la bio-ética que permea incluso el discurso eco-ambientalista ha llegado a reemplazar a la religión en su función hegemónica mistificadora.

El problema es el siguiente: sin negar la importancia que le podamos asignar a la protección de los sistemas vivos (incluyendo el humano) por otras razones, mientras le atribuyamos a la “vida”, en tanto proceso biológico, un valor ético inherente, nos esta vedada entonces, a la especie humana, cualquier intervención activa que tenga un impacto adverso sobre la “naturaleza”. Esto tiene implicaciones directas en el debate en torno a la legalidad del aborto. Veamos.

En primer lugar, mantener el debate dentro del ámbito del discurso liberal de los “derechos” individuales le ha costado muy caro al movimiento pro-opción. Ello se debe a que, por más que se niegue, en el discurso liberal dominante existe una jerarquía implícita de derechos, en la cual el derecho a la vida siempre triunfa sobre los demás, pues se presume aquél sin el cual es imposible ejercitar los demás derechos. Como el liberalismo se fundamenta en una noción monista del individuo sujeto-del-Derecho, en la cual el cuerpo sufriente del individuo es el límite intransgredible de toda acción política, el eco-bio-eticismo tan sólo refuerza esta noción.[1] Aunque desde el feminismo radical y el feminismo socialista a menudo se ha cuestionado la manera en que el discurso jurídico enmarca el derecho al aborto, al articular el problema como defensa del derecho de la mujer individual a decidir, se hace difícil romper con la triada individuo-cuerpo-derecho que gobierna la lógica liberal dominante.[2]

Desde una perspectiva filosófica plenamente materialista (que no se subordina a una lógica más allá de la multiplicidad pura del ser, ya sea divina o “natural”), el estatus ontológico de la vida y la no-vida es estrictamente indiferente. Es decir, la vida, humana o no humana, no tiene una sustancia o esencia ética en sí misma. Ello no implica un desprecio de la vida, ni licencia para actuar de manera anti-ética. Por el contrario, abre el camino hacia la acción propiamente ética, independientemente de la existencia o no de sanciones divinas.[3]

Tampoco significa que no deban existir prohibiciones sociales y consecuencias jurídicas, por ejemplo, contra el acto de matar (para ello hay buenas razones de sobra, que no tengo espacio para discutir aquí, que nada tiene que ver con que la vida sea “sagrada”). Meramente significa que una ética materialista se fundamenta no en certezas inmutables, sino en la lucha individual y colectiva con nuestras propias contradicciones. En momentos en que el conocimiento y los códigos sociales existentes son insuficientes, ello implica la valentía para tomar decisiones inciertas, asumir posiciones y defenderlas hasta sus últimas consecuencias.

En cuanto al debate en torno a la legalidad del aborto, el debate sobre la “vida” o “humanidad” del feto resulta entonces irrelevante. El momento en que “comienza la vida” queda revelado como una construcción social tan arbitraria (y por cierto, culturalmente variable) como la edad en que un “menor” tiene acceso pleno a sus derechos como ciudadano. De nuevo, ello no significa que no pueda haber un consenso social en torno a este particular, sino meramente que no hay razón alguna, que no sea una mistificación (religiosa o bio-ética), que fundamente equiparar jurídicamente el aborto con el asesinato de personas nacidas.

De esta forma, se desvanece uno de los lados del “balance de derechos” que buscaba establecer el Tribunal Supremo en Roe. Lo único que queda es el poder de las personas nacidas “mujer” para controlar sus cuerpos frente a quienes siempre han tenido ese poder – las personas nacidas “hombre”.

Mantener o no el acceso legal, higiénico y seguro a ejercer ese poder, es una decisión incierta (no fundamentada en ley divina o natural) que debemos tomar, continuamente, quienes creemos en la igualdad. Tengamos la valentía de defenderla, hasta sus últimas consecuencias.

[1] Slavoj Žižek, “El humanismo no es suficiente”
[2]Mary Poovey, “The Abortion Question and the Death of Man”, Feminists Theorize the Political, Judith Butler & Joan W. Scott, Eds., Londres: Routledge (1992), pp. 239-256.
[3] Slavoj Žižek, Violencia en el acto: Conferencias en Buenos Aires, Analía Hounie, Ed., Buenos Aires: Paidós (2003), pp. 67-69; véase también Slavoj Žižek, Violence, Nueva York: Picador (2008), pp. 135-137.

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*Nota: Durante la semana del 18-22 de enero de 2010  se celebra el aniversario de Roe v. Wade. Incluimos esta columna a la jornada bloguera Roe v. Wade. Este caso afortunadamente estableció precedentes a favor de los derechos reproductivos de las mujeres en Estados Unidos y Puerto Rico.  Ante esto se abre y se convoca desde el blog Poder, Cuerpo y Género y el blog Mujeres en Puerto Rico a interesad@s en los temas de poder, clase, cuerpo, feminismos, salud y/o derechos reproductivos, para someter trabajos con el propósito de presentar reflexiones, diálogos, conversaciones, sobre los debates internos del movimiento prochoice, y todos los issues que giran en torno a este. Las publicaciones no necesariamente representan las posturas de los blogs.


Stop Stupack

Por Eva Prados
Titulo original: Stop Stupack
Publicado en El Nuevo Día
Bajo el titulo: Los Derechos Reproductivos
8 de enero de 2010

“La capacidad de una mujer para participar en la vida económica y social de una nación ha sido facilitada por su capacidad de controlar su propia vida reproductiva”. Ésta es una de las tantas expresiones que el Tribunal Supremo de Estados Unidos ha hecho sobre la importancia de los derechos reproductivos, no sólo para la mujer sino para el desarrollo de un país.

El derecho a decidir sobre la capacidad reproductiva permite que mujeres y hombres tomen importantes decisiones en su vida. Decidir cuándo se quiere o no tener un hijo es una decisión crítica en la vida de una mujer, su familia y es uno de los más importantes temas de salud pública. Sin duda, la libertad reproductiva es una de las piedras angulares para la equidad entre los géneros y la base para el desarrollo de familias saludables.

La Corte Suprema de Estados Unidos demostró un gran compromiso con los derechos humanos y el desarrollo de su país cuando comprendió la importancia de que toda mujer tuviera el derecho a decidir sobre la terminación de un embarazo en la emblemática decisión de Roe v. Wade. Esta decisión no sólo fue histórica para ese país sino que estuvo a la vanguardia del movimiento internacional hacia los derechos humanos de las mujeres.

Sin embargo, la nueva reforma de salud federal trae al debate público uno de los aspectos medulares sobre los derechos reproductivos de las mujeres: el deber del Gobierno de garantizar un verdadero ejercicio de estos derechos asegurando su acceso, sin discrimen por condición social, para que toda mujer puede decidir sobre su salud reproductiva.

El reconocimiento de un derecho a la salud y la intención que existe tras la reforma de salud propuesta por el presidente Barack Obama, es posiblemente una de las iniciativas más importantes en temas de derechos humanos de esa nación. Sin embargo, la enmienda presentada por el senador Bart Stupak para impedir el subsidio federal a planes médicos que cubran abortos (que pasó con una votación de 240 a 194) representa una clara política de discrimen por género con un impacto inmediato en la salud pública de la nación.

El asegurar un acceso completo a servicios de salud reproductiva (abortos, contraceptivos, salud prenatal) es garantizar un derecho a la salud para las mujeres, sin discrimen de género o por condición económica, y logra evitar el terrible riesgo a la salud pública que representan los abortos clandestinos e inseguros, entre otros efectos.

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*Nota: Durante la semana del 18-22 de enero de 2010  se celebra el aniversario de Roe v. Wade. Incluimos esta columna a la jornada bloguera Roe v. Wade. Este caso afortunadamente estableció precedentes a favor de los derechos reproductivos de las mujeres en Estados Unidos y Puerto Rico.  Ante esto se abre y se convoca desde el Blog Poder, Cuerpo y Género y el blog Mujeres en Puerto Rico a interesad@s en los temas de poder, clase, cuerpo, feminismos, salud y/o derechos reproductivos, para someter trabajos con el propósito de presentar reflexiones, diálogos, conversaciones, sobre los debates internos del movimiento prochoice, y todos los issues que giran en torno a este. Las publicaciones no necesariamente representan las posturas de los blogs.


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